Volver al inicio
klaro.legal

Arraigo Social en España 2026

Requisitos, documentos y proceso paso a paso

El arraigo social es una de las vías más utilizadas para obtener la residencia legal en España si llevas tiempo viviendo en el país sin papeles. Se trata de una autorización pensada específicamente para personas en situación administrativa irregular que ya han construido una vida en España: trabajo, vivienda, hijos escolarizados o vínculos comunitarios. Esta guía explica con detalle qué es, qué requisitos exige el reglamento, qué documentos suelen pedirse, cómo se desarrolla el procedimiento paso a paso y qué costos e imprevistos suelen aparecer en el camino.

¿Qué es el arraigo social?

El arraigo social es una autorización de residencia temporal regulada en el Reglamento de Extranjería que permite a personas extranjeras en situación irregular regularizar su situación en España sin necesidad de salir del país. Es una vía habitual para obtener 'los papeles' cuando ya se lleva un tiempo mínimo de permanencia continuada en territorio español, y se diferencia de otras figuras (como el arraigo laboral o el arraigo familiar) en que su elemento central es la integración social, acreditada mediante un contrato de trabajo o un informe favorable de una comunidad autónoma o ayuntamiento.

Puntos clave del arraigo social

Duración: 1 año (renovable)
Permite trabajar por cuenta ajena
Renovable a 2 años adicionales
Camino hacia la residencia de larga duración

¿Quién puede solicitarlo?

Puede solicitarlo cualquier persona extranjera que se encuentre en situación irregular en España, que acredite el periodo de residencia continuada exigido por la normativa vigente y que pueda demostrar vínculos con la comunidad, ya sea mediante un contrato de trabajo que cumpla los requisitos mínimos o mediante un informe de integración social emitido por el organismo competente de su comunidad autónoma. No es necesario haber entrado de forma regular en España: lo relevante es la permanencia continuada posterior y la ausencia de causas de expulsión o antecedentes que impidan la concesión.

95.000 personas regularizaron su situación mediante arraigo entre mayo y octubre de 2025

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, noviembre 2025

Requisitos para el arraigo social

Para solicitar el arraigo social es necesario cumplir de forma simultánea varios requisitos que, en conjunto, demuestran la integración de la persona solicitante en España. La falta de cualquiera de ellos suele ser motivo de denegación, por lo que conviene entender bien qué exige cada uno antes de iniciar el trámite.

Periodo de residencia continuada

Debe demostrarse que se ha vivido en España de forma continuada durante el periodo mínimo exigido por la normativa. Las ausencias puntuales y de corta duración, como viajes breves al país de origen, normalmente no se consideran una interrupción de la continuidad, pero conviene poder justificarlas. Este es, junto con el vínculo laboral o social, el requisito que más documentación suele requerir, ya que hay que reconstruir con pruebas varios años de vida en el país.

Certificados de empadronamiento histórico
Historial médico, citas sanitarias
Matrículas escolares (tuyas o de tus hijos)
Contratos de alquiler, facturas

Contrato de trabajo

Una de las dos vías para acreditar la integración es contar con un contrato de trabajo de una duración mínima de un año y con una jornada de al menos 30 horas semanales. También es posible sumar varios contratos, simultáneos o sucesivos, siempre que en conjunto alcancen esas 30 horas semanales y cubran el periodo exigido. El contrato debe ser firmado por un empleador dispuesto a contratar a la persona una vez obtenga la autorización, ya que en el momento de la solicitud la persona todavía no puede trabajar legalmente.

Alternativa: Si no tienes contrato, puedes presentar un informe de integración social favorable de tu comunidad autónoma.

Informe de integración social

Cuando no se dispone de un contrato de trabajo que cumpla los requisitos, la normativa permite acreditar la integración mediante un informe emitido por la comunidad autónoma o el ayuntamiento de residencia. Este informe valora de forma conjunta distintos aspectos de la vida de la persona en España y concluye si existe o no arraigo suficiente. No sustituye automáticamente al contrato: es una vía alternativa pensada para quienes no tienen una oferta de trabajo pero sí pueden demostrar integración por otros medios.

Conocimiento del idioma español
Cursos de formación realizados
Vínculos familiares o comunitarios
Esfuerzos de inserción laboral

Antecedentes penales

El reglamento exige carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que se haya residido durante los últimos cinco años. Esto se acredita mediante certificados oficiales de cada país, que después deben legalizarse y traducirse para que tengan validez ante la Administración española. La existencia de antecedentes no siempre implica una denegación automática: depende de la naturaleza del delito, de si la condena está cancelada y de otros factores que se valoran en el caso concreto.

Infografía: 4 requisitos para el arraigo social en España

Documentos necesarios

Prepara toda la documentación antes de iniciar el trámite. La falta de documentos, o su falta de vigencia en el momento de la presentación, es la causa más común de que la Oficina de Extranjería requiera subsanación o incluso deniegue la solicitud.

Pasaporte completo

Copia completa de todas las páginas (incluidas las vacías)

Certificado de empadronamiento histórico

Que demuestre el periodo de residencia continuada exigido

Certificado de antecedentes penales

De tu país de origen, apostillado y traducido

Contrato de trabajo

Mínimo 1 año y 30 horas semanales

Informe de integración social

Si no tienes contrato de trabajo

Fotografías

3 fotos tamaño carné recientes

Justificante de pago de tasa

Modelo 790 código 052

Formulario EX-10

Solicitud de autorización de residencia

Importante: Validez de documentos

El certificado de antecedentes penales tiene validez de 3 meses. El empadronamiento histórico no caduca pero debe estar actualizado. Conviene tener en cuenta que el proceso de apostilla y traducción del certificado de antecedentes penales puede tardar semanas dependiendo del país de origen, por lo que ese plazo de validez limitado suele condicionar los tiempos de todo el trámite.

Proceso paso a paso

El proceso de solicitud del arraigo social consta de varios pasos, algunos de los cuales pueden solaparse en el tiempo. Sigue esta guía para entender el orden general y no perderte ninguno de los trámites intermedios.

Infografía: 6 pasos del proceso de arraigo social en España
1

Reunir documentación

Recopila todos los documentos necesarios. El certificado de antecedentes penales debe estar apostillado y traducido, y conviene calcular los tiempos para que no caduque antes de presentar la solicitud.

2

Solicitar informe de integración

Si no tienes contrato, solicita el informe a tu comunidad autónoma o ayuntamiento. El plazo de emisión puede tardar hasta 30 días hábiles, por lo que conviene iniciarlo con antelación.

3

Presentar solicitud

Presenta la solicitud en la Oficina de Extranjería de tu provincia, habitualmente con cita previa, junto con el formulario EX-10 y el resto de documentación.

4

Esperar resolución

El plazo máximo legal es de 3 meses desde la presentación. Si transcurrido ese plazo no hay respuesta expresa, se considera denegada por silencio administrativo negativo.

5

Recibir resolución

Si la resolución es favorable, existe un plazo de 1 mes para solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) que materializa la autorización concedida.

6

Solicitar TIE

Pide cita para la toma de huellas y, posteriormente, recoge la tarjeta física que acredita la residencia legal en España.

Plazos del proceso

3

meses para el informe de integración

3

meses máximo para resolución

1

mes para solicitar la TIE

Tip: Los plazos reales pueden ser más largos según la provincia. Madrid y Barcelona suelen tardar más, debido al volumen de solicitudes que gestionan sus Oficinas de Extranjería.

Las solicitudes de residencia aumentaron un 50%: de 495.000 a 724.000 tras el nuevo reglamento

Fuente: La Moncloa / Ministerio de Inclusión, comparando enero-mayo vs mayo-octubre 2025

Costos del arraigo social

Tasa modelo 790-052

Aprox. 16-20€

Informe de integración

Gratuito

Antecedentes penales

Variable según país

Tasa TIE modelo 790-012

Aprox. 16€

Costo total aproximado

Sin abogado: 50-100€, correspondientes a tasas administrativas y gestiones básicas. Con abogado o gestoría: 300-800€ adicionales, en concepto de honorarios por asesoramiento y gestión del expediente.

Gráfico de barras: Nacionalidades con arraigo en España - Colombia 28%, Marruecos 15%, Perú 9%

Errores comunes que debes evitar

Estos son los errores más frecuentes que suelen aparecer en las solicitudes de arraigo social y que están detrás de buena parte de los requerimientos de subsanación y de las denegaciones:

Documentación incompleta

Revisa que están TODOS los documentos exigidos antes de presentar la solicitud. Una lista incompleta suele derivar en un requerimiento de subsanación con un plazo limitado para completarla.

Documentos caducados

El certificado de antecedentes penales caduca a los 3 meses. Planificar bien los tiempos de apostilla, traducción y presentación evita que el certificado pierda validez antes de entrar en el registro.

Sin informe ni contrato

El reglamento exige acreditar la integración por una de las dos vías: contrato de trabajo que cumpla los requisitos mínimos O informe de integración favorable. Sin ninguno de los dos, la solicitud carece de un elemento esencial.

Contrato insuficiente

El contrato debe tener una duración mínima de 1 año y una jornada de al menos 30 horas semanales. Los contratos de menor duración o jornada, presentados de forma aislada, no cumplen el requisito legal.

Pagar la tasa tarde

La normativa exige abonar la tasa correspondiente antes de presentar la solicitud. Si el pago se realiza después, la Administración puede considerar la solicitud como no válidamente presentada.

¿Tienes una resolución de arraigo?

Súbela y te explicamos qué significa cada parte en lenguaje sencillo

Artículos relacionados

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir arraigo social sin contrato de trabajo?

Sí, si obtienes un informe de integración social favorable de tu comunidad autónoma. Este informe evalúa tu integración en la sociedad española a través de factores como el idioma, la formación o los vínculos comunitarios, como alternativa al contrato de trabajo.

¿Qué hago si no tengo el empadronamiento completo del periodo exigido?

La normativa permite demostrar la residencia continuada con otros documentos complementarios: historial médico, matrículas escolares, contratos de alquiler, facturas a tu nombre, entre otros medios de prueba admitidos.

¿Cuánto tarda la resolución?

El plazo legal máximo es de 3 meses desde la presentación de la solicitud. En la práctica, el tiempo real puede variar según la provincia y la carga de trabajo de cada Oficina de Extranjería; Madrid y Barcelona suelen tardar más.

¿Puedo trabajar mientras espero la resolución?

No de forma legal. La autorización para trabajar solo surte efecto una vez se obtiene la resolución favorable y se ha solicitado la TIE correspondiente.

¿Cómo se renueva el arraigo social?

El primer permiso tiene una duración de 1 año. La normativa prevé su renovación por 2 años más cuando se acredita haber trabajado durante ese periodo y disponer de medios de vida suficientes.

¿Puedo incluir a mi familia en la solicitud?

No de forma directa. Cada familiar debe solicitar su propio arraigo si cumple los requisitos, o bien, una vez obtenida la residencia, iniciar el procedimiento de reagrupación familiar previsto en la normativa de extranjería.

¿Y si tengo antecedentes penales?

La valoración depende del tipo de delito y de si la condena está cancelada. Los delitos menores ya cancelados normalmente no impiden la concesión, mientras que los delitos graves pueden ser causa de denegación de la autorización.

¿Qué hago si me deniegan el arraigo?

La normativa permite presentar un recurso de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses ante los tribunales. Un abogado de extranjería puede orientar sobre la vía más adecuada según el motivo de la denegación.

¿Son 2 o 3 años de permanencia para el arraigo social?

Desde noviembre de 2024, con el nuevo Reglamento de Extranjería, son 2 años de permanencia continuada en España. Anteriormente el requisito era de 3 años. Este cambio reduce el tiempo de espera para poder acceder a esta vía de regularización.

¿Cómo se obtiene el informe de integración social?

Se solicita en los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento de residencia. En la evaluación se tiene en cuenta el conocimiento del idioma, la formación realizada, la participación comunitaria y los esfuerzos de inserción laboral. El plazo habitual de emisión es de unos 30 días hábiles.

¿Puedo solicitar la nacionalidad española después del arraigo?

Sí. El arraigo social es habitualmente el primer paso de un recorrido más largo. Tras acumular 5 años de residencia legal (o 2 años si se es originario de un país iberoamericano, entre otros supuestos previstos por la ley), es posible solicitar la nacionalidad española por residencia.

¿Puedo viajar fuera de España con el arraigo social?

Sí, aunque con limitaciones. La normativa establece que no se puede estar fuera de España más de 6 meses seguidos ni más de 10 meses en total durante el periodo de vigencia de la tarjeta. Superar estos límites puede afectar a la validez de la autorización concedida.

¿Puedo trabajar como autónomo con el arraigo social?

Sí, la autorización concedida mediante el arraigo social habilita para trabajar tanto por cuenta ajena (como empleado) como por cuenta propia (como autónomo). El alta como autónomo puede tramitarse una vez se dispone de la TIE.

¿Puedo cambiar de trabajo durante el arraigo social?

Sí. Aunque la concesión inicial del arraigo se vincula a un contrato de trabajo concreto o a un informe de integración, una vez obtenida la autorización esta tiene carácter general para trabajar, por lo que es posible cambiar de empleador o de sector sin restricciones adicionales.

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento legal. Las leyes pueden cambiar. Consulta siempre fuentes oficiales o un abogado de extranjería.